El plazo de presentación de solicitudes de admisión en nuestro Centro si es el elegido para vuestro hijo/a en 1.ª opción es del 7 al 17 de abril.
Para más información sobre el calendario consultad la resolución. (Ver resolución)
En el BOPA núm. 46 de 25-II-2014 se encuentra el Procedimiento de admisión del alumnado (Ver resolución)
Calendario. Alumnado de nuevo ingreso y cambio de centro
- 27 de marzo: Publicación del número de plazas vacantes por curso y de la información sobre las normas del proceso de admisión del alumnado
- 7 al 17 de abril: Admisión de instancias en el centro elegido como 1ª opción
- 27 de abril: Publicación de la lista provisional de admitidos y no admitidos
- 27 al 29 de abril: Plazo de alegaciones ante la Dirección del Centro
- 8 de mayo: Publicación de las listas definitivas de admitidos y no admitidos en cada centro
- 4 de junio: Publicación, en el centro solicitado como 1ª opción, de un listado asignando plaza al alumnado que no ha resultado admitido en dicho centro
- 9 al 20 de junio: Plazo de formalización de matrícula
Documentación a presentar
Importante:
- Impreso de solicitud (se recoge en cualquier centro) o se puede descargar: Impreso de solicitud (debe estar firmado por todas las personas que tengan representación legal del alumno/a)
- Impreso de recogida de datos
- Acreditación de los datos personales del alumno/a: fotocopia del libro de familia (hoja del alumno/a), partida de nacimiento, carnet...
- Acreditación del domicilio familiar mediante certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento o del lugar de trabajo (certificado de la empresa, copia del contrato...)
- Autorización expresa para que la Agencia Estatal de Administración Tributaria suministre información sobre las rentas anuales de la unidad familiar. En los casos de separación legal, nulidad o divorcio, o cuando no existiera vínculo matrimonial, la autorización la concederá quien o quienes tengan la guarda y custodia. Se aportará, además, copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio, o el libro de familia que acredite la inexistencia de vínculo matrimonial.
- En caso de discapacidad igual o superior al 33% del alumno/a, padres o hermanos, certificación emitida por el organismo competente
- En caso de tener hermanos en los centros elegidos ( que estén en el curso actual y vayan a continuar en el próximo) acreditación mediante copia del libro de familia y si se alega que los padres o tutores legales mantienen una relación laboral contractual o funcionarial con el centro elegido en primer lugar, se deberá aportar el contrato de trabajo o nombramiento como funcionario que acredite dicha relación
- La solicitud de puesto escolar debe ser única
- En caso de separación, siempre que la patria potestad sea compartida, si una de las partes presenta una solicitud de admisión y la otra manifiesta su oposición a dicha solicitud, esta carecerá de validez y no será admitida.
- En el caso de que no existan plazas suficientes (en el Centro no hay problema de matrícula) para atender todas las solicitudes, se aplicarán los siguientes criterios prioritarios:
- Hermanos/as en el centro
- Proximidad al domicilio:
- Domicilio familiar o laboral en el área de influencia del centro 8 puntos
- Domicilio familiar o laboral en las áreas limítrofes 5 puntos
- Domicilio familiar o laboral en otras zonas 0 puntos
- Padres/mades o tutores/as legales trabajando en el centro o existencia de hermanos/as matriculados/as en el centro: 8 puntos
- Renta per cápita de la unidad familiar: 2 puntos máximo
- Discapacidad en el alumno/a o familiar:
- Discapacidad del alumno/a 1 punto
- Discapacidad de padre/madre o hermanos/as 0,5 puntos
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